De los Órganos de Dirección

Los órganos de dirección, administración y fiscalización de La confederación nacional de asambleas y diputados de Colombia son:

  1. El Congreso Nacional
  2. La Asamblea General
  3. El consejo directivo
  4. El Director Ejecutivo

EL CONGRESO NACIONAL

está conformado por la totalidad de los diputados y diputadas de Colombia.

FUNCIONES DEL CONGRESO

Funciones: Tendrá como función el marcar las políticas generales a desarrollar por la organización, será presidido por el presidente del consejo directivo o por quien el congreso designe y se reunirá anual o bianualmente en forma ordinaria, en el departamento que se designe por el consejo directivo y extraordinariamente cuando se presenten hechos que requieran del consenso nacional y comprometan la unidad e institucionalidad.

ASAMBLEA GENERAL

está conformada por los presidentes de las federaciones, tres delegados de cada una de ellas y los presidentes de las asambleas departamentales socias que se encuentren a paz y salvo, constituye la máxima autoridad de la Confederación y sus decisiones son obligatorias.

Parágrafo: la asamblea se reunirá ordinariamente cada año dentro de los tres primeros meses, convocada por el consejo directivo y extraordinariamente convocada por el consejo directivo, el director ejecutivo o el revisor fiscal, para tratar temas que por su naturaleza o importancia no den espera a la asamblea ordinaria.

Podrá ser presidida por el presidente del consejo directivo o por quien designe la misma asamblea

la citación a asamblea general podrá realizarse por medio de correo electrónico mensaje de texto o wasap registrados en la base de datos de la dirección ejecutiva, o por intermedio de publicación en la página web de la confederación. Las ordinarias con 10 días de anticipación y las extraordinarias con 5 días de anticipación

Para deliberar y tomar decisiones el quórum del congreso nacional, la asamblea general y el consejo directivo, será el conformado por la mitad más uno de los delegados miembros de cada organismo.

cuando la asamblea ordinaria no fuere convocada dentro de los tres primeros meses del año, podrán hacerlo las federaciones afiliadas en un número no inferior a tres (3) siempre que estén a paz y salvo por todo concepto con la confederación

las reuniones del congreso nacional, asamblea general, del consejo directivo y las comisiones, podrán realizarse en forma presencial, virtual o mixta, acorde a lo establecido por el consejo directivo.

FUNCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL.

  • Dictar directrices a seguir en cumplimiento de los objetivos
  • Designar los diputados para integrar el Consejo Directivo
  • Elegir al Director Ejecutivo para un periodo de 6 (seis) años pudiendo ser reelegido.
  • Designar al revisor fiscal
  • Estudiar y aprobar los estatutos y sus modificaciones.
  • Evaluar y aprobar los informes y el balance.
  • Aprobar el presupuesto
  • Resolver los conflictos presentados entre las instancias operativas.
  • Decretar la liquidación de la Confederación y nombrar liquidadores.
  • Crear    las comisiones permanentes    que    se    consideren    necesarios    para    el    mejor funcionamiento de la Confederación.